Los cooperativistas peruanos demandan una nueva
ley de cooperativas, aunque no la esperan de este
régimen. En el poder ejecutivo confunden
cooperativismo con populismo. Y en el congreso de
la república carecen de representantes, por
mucho que exista una comisión congresal revisora
de la legislación cooperativa. Ésta
rechaza la incorporación de técnicos
con biografía cooperativista. Increíble.
¿Realmente hay prisa? Tratándose
de la ley de cooperativas, la premura podría
ser fatal. Podría darse un mamotreto irregular,
deforme, impropio. Sin contenido, pues la estructura
jurídica debe reflejar las interrelaciones
nítidamente expresadas dentro de la sociedad.
La legislación es una respuesta a la organización
social. Fluye en concordancia con los fenómenos
económicos como el cooperativismo.
Mas la casta política actual desconoce el
sistema cooperativo. ¿Reconocería
por ley que la cooperativa es una alternativa en
la economía? ¿Que tiene mayor eficiencia?
¿Que no persigue lucro? ¿Posibilitaría
el funcionamiento de bancos cooperativos? ¿Cooperativas
de seguros? ¿Devolvería la infraestructura
cooperativa a sus legítimos propietarios?
¿Expectoraría a las comisiones liquidadoras?
Muchas preguntas quedarían sin respuestas.
Lo cierto es que una ley se promulga y se modifica
a gusto de los políticos. Tiene duración
finita. Al contrario, el fenómeno económico
es cuasi constante. Solamente se altera cuando la
naturaleza humana sufre mutaciones. Lo cual ocurre,
pero a intervalos infinitos comparados con la esperanza
de vida. Igualmente, un cambio en la organización
social (una revolución) equivale a un cataclismo
que solo la historia se encarga de esculpir para
su indefinida recordación. Esto no sucede
con las enmiendas a la ley que, por su frecuencia,
pueden pasar inadvertidas. Intrascendentes.
Hasta un bodoque, un politicastro con poder, es
capaz de encarpetar o bloquear un proyecto, o modificar
la ley, pero nunca al fenómeno económico,
puesto que este se desarrolla a pesar de la ignorancia,
o mala voluntad, de sus detractores. La ley tiene
un ámbito limitado, el fenómeno económico
abarca el orbe. Es posible que una organización
social funcione sin ley escrita, jamás funcionaría
sin fenómeno económico, que si no
es percibido, la ley es letra caduca. Nonata. Extraña.
Preñada de lenidad.
El legislador entiende que para cumplir su cometido
es indispensable conocer. Informarse. Aprender.
Y no hay mejor campus que la UNE (Universidad Nacional
de la Experiencia). Lo entendieron, claramente,
los coautores de la primera Ley General de Cooperativas
Nº 15260, promulgada el 14 de diciembre de
1964, día del cooperativismo peruano. Ley
semine discrepante. Sancionada unánimemente
por los representantes del pueblo. Pauta obligada,
en aquel tiempo, del cooperativismo latinoamericano.
Los cooperativistas sin fallas mnemotécnicas,
memoran a los priores del cooperativismo nuestro:
al diputado aprista Dr. Luis Felipe Rodríguez
Vildósola y al ministro de trabajo Ing. Miguel
Ángel Cussianovich (acciopopulista). Autores
de sendos anteproyectos, realizaron una esforzada
e indispensable labor docente referida a las cooperativas.
Para ellos no había ciudad pequeña,
ni comunidad apartada, ni aldea minúscula.
Consideraban que cada población era un importante
microclima cooperativo. Eran verdaderos estadistas.
Enseñaban y aprendían. La costumbre
(amalgama de necesidades y usos) es norma ancestral.
Tradicional. Es fuente de ley; por tanto, atendieron
in situ a los dirigentes de cooperativas, a los
hombres de acción. Del mismo modo, escucharon
a los técnicos dominadores de las operaciones
cooperativas en nuestro medio. Voces autorizadas.
Experiencia viva decantada en la administración
cotidiana. Práctica productiva.
Sin duda, "No hay nada más práctico
que una buena teoría" (Albert Einstein).
Pensamiento sabio, de manera que los cooperativistas
de academia también fueron convocados. Profesionales
versados en teoría cooperativa. Teoría
fertilizadora. Serie de principios explicados por
especialistas formados en el extranjero. Conque
la agenda social del cooperativismo quedó
esclarecida.
Teoría y realidad imposibles de sustituir
con leyes de ficción. Exóticas. De
ello tenían conciencia los coautores de la
ley de cooperativas. Luego investigaron. Se internaron
en el mundo cooperativo. Bibliotecas, archivos,
ensayos, artículos; nada quedó sin
escudriñar, a más de otras leyes de
cooperativas, ponencias y opiniones acreditadas.
Políticos nobles. Cooperativistas. Exégetas
de la verdad nacional sin dogmatismos, fantasías,
ni egoísmos adanistas.
La exposición de motivos que redactaron
para sustentar la Ley General de Cooperativas Nº
15260, es ofrenda monumental a la inteligencia.
Una adhesión voluntaria a la solidaridad,
igualdad, participación y eficiencia. Pilares
del cooperativismo mundial. Sentimientos del trabajador
peruano que logró organizar 4587 cooperativas
hasta 1992. Año inicial de la estolidez cooperativicida.
Así es.